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Ley de Fondos de Inversión Artículo 51 Bis Federal de México


Ley de Fondos de Inversión Federal
Artículo 51 Bis.

Los servicios administrativos consistirán en la realización de las actividades siguientes a favor de los fondos de inversión:

I.Control, seguimiento y operación de tesorería;

II.Envío de los estados de cuenta a los que se refiere la presente Ley;

III.Desarrollo e implementación de procesos operativos o tecnológicos para la transmisión, almacenamiento, procesamiento, resguardo y custodia de la información, así como la administración de bases de datos de los propios fondos de inversión o de terceros;

IV.Generación y distribución de reportes que conforme a las disposiciones aplicables deban entregarse;

V.Administración integral de riesgos;

VI.Elaboración, distribución y publicación de información estadística y analítica de los fondos de inversión o de terceros, y

VII.Provisión de información relacionada con los Activos Objeto de Inversión, con excepciónde la información relacionada con sus precios actualizados de valuación.

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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